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Opciones de cambio

Servicios de salud para los y las trabajadorxs de prensa de la ciudad de Rosario

¿Quiénes pueden optar?
Pueden efectuar la opción de cambio de Obra Social todos aquellos beneficiarios titulares activos incluídos en las Obras Sociales mencionadas en la Ley 23660 art. 1 inc. A-B-C-D-E-F-H.
No pueden optar por este nuevo Régimen los Jubilados y Pensionados, continuando vigente la opción por el Decreto 292/95.

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¿Entre que entidades se puede ejercer la opción de cambio?
Entre cualquiera de las Obras Sociales indicadas en el art. 1 de la LEY 23660, con excepción de las indicadas en el inciso g) y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

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¿Cuándo se puede optar?
La opción de cambio puede ejercerse durante todo el año y sólo una vez por año.

¿Cuál es la documentación requerida?
- Último recibo de sueldo (fotocopia).
- Documento nacional de identidad (fotocopia de 1º y 2º hoja).
- Certificado de domicilio actual.
- Constancia de cuil (fotocopia carné de Cuil).

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¿Cuándo se hace efectiva la opción?
En forma personal e individual por el titular afiliado (empleado o trabajadores en relación de dependencia).
No puede ser realizada por terceros, intermediarios, gestores o promotores.

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¿Se debe completar algún formulario?
Sí, se debe completar un formulario oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud con la firma correspondiente del optante.

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¿Pueden optar los cónyuges titulares de distintas obras sociales?
Cuando ambos cónyuges fueran afiliados titulares podrán unificar aportes en una misma entidad.

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¿Quiénes están imposibilitados de ejercer el derecho de opción?
- Los despedidos durante el período de tres meses posteriores al distracto laboral quedando su cobertura a cargo de la Obra Social a la que se encontraba afiliado.
- Los trabajadores cuya retribución única y mensual resulte inferior a los tres MOPRE, valor que se actualiza periódicamente.
- Los trabajadores que estén con licencia médica sin goce de sueldo (guarda de trabajo, período de excedencia).
- Trabajadores de temporada.      
- Que tengan menos de un año de antigüedad en el trabajo actual.

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Obligación de la Obra Social elegida

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¿Qué servicios está obligada a prestar la Obra Social?
Los planes y programas de cobertura comprenden el PLAN MEDICO ASISTENCIAL UNICO, que contiene la totalidad de las prácticas y servicios comprendidos en el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMO).

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¿Las Obras Sociales pueden brindar prestaciones adicionales a las que establece el PMO?
Si, pueden brindar prestaciones médicas adicionales en tanto no invoquen mejora en la calidad médica.

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Si se presentan obstáculos o impedimentos para ejercer la opción de cambio ¿Dónde debe dirigirse para asesorarse o efectuar una denuncia?
Av. Pte Roque Sáenz Peña 530 C.Federal
Lunes a viernes de 10 a 16 horas.
Centro de Atención telefónica:
0800-222-SALUD
Por mail: opciones@ssalud.gov.ar

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¿Qué debo presentar en la Obra Social una vez que ha sido aprobada la Opción de cambio?
Una vez aprobada su Opción de cambio de Obra Social por la Superintendencia de Servicios de Salud, ésta enviará la planilla de alta a la Obra Social en que haya realizado la opción de cambio y la baja a la Obra Social a que pertenecía.


Para incorporarse a la nueva Obra Social, deberá presentar indefectiblemente la siguiente documentación, para el alta definitiva y uso de los servicios.

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Titular
- Fotocopia del DNI hojas 1, 2 y domicilio actualizado. Certificado inscripción CUIL.
- Fotocopia último recibo de sueldo. Copia de listado de aportes previsionales y Formulario CODEM, (ambos deberán solicitarse ante la ANSES, personalmente en calle Sarmiento y Rioja en la ciudad de Rosario o telefónicamente llamando al telefóno 0341-4203200).

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Cónyuge


- Fotocopia del Acta de Matrimonio o Libreta de Matrimonio que acredite la calidad de cónyuge, en caso de concubina/o fotocopia de declaración jurada de convivencia acreditada por autoridad competente.
- Fotocopia del DNI hojas 1, 2 y domicilio actualizado.
- Certificado inscripción CUIL.     
- Fotocopia último recibo de sueldo.
- Copia de listado de aportes previsionales y Formulario CODEM, (ambos deberán solicitarse ante la ANSES, personalmente en calle Sarmiento y Rioja en la ciudad de Rosario o telefónicamente llamando al telefóno 0341-4203200).

Hijos
- Fotocopia del DNI hojas 1, 2 y domicilio actualizado.
- Certificado inscripción CUIL.
- Fotocopia de partida de nacimiento.
- En caso de ser estudiante y mayor de 21 y hasta 25 años inclusive, constancia de alumno regular del establecimiento oficial. En caso de adopción, fotocopia del otorgamiento de la tenencia del menor.

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